jueves, 28 de febrero de 2013

SNTP pide a Tribunal Constitucional rechazar solicitud de ejecutivos de medios de descargar a propietarios y directores de responsabilidad por informaciones


El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) solicitó al Tribunal Constitucional rechazar la petición de tres directores de periódicos y una fundación en lo relativo a descargar a los propietarios y directores de medios de sus responsabilidades por las informaciones publicadas.
Olivo De León, secretario general del gremio, afirmó que los periódicos y los informativos de los medios son hechos por los periodistas que laboran en ellos, donde obedecen a los mandatos de los ejecutivos.
Precisó que las informaciones que se publican son cubiertas por mandato de los jefes de información, jefe de redacción o directores, y que antes de darse a conocer al público es corregida, revisada, vista y reajustada por los editores, de manera que en casos de sometimientos la responsabilidad es más del responsable del medio que del periodista.
Indicó que el periodista es un empleado del medio, las informaciones no son de su interés, sino de los ejecutivos o propietarios del medio, quienes son los beneficiados finales de ese negocio, que es el medio de comunicación.
Calificó de injustas las pretensiones de los propietarios de medios y de la Fundación Prensa y Derecho, de que se le excluya de la responsabilidad judicial en caso de sometimientos, dejando solo a los periodistas, quienes sólo funcionan como una correa de transmisión entre los medios y la sociedad para recoger las informaciones.
Sostuvo que la solicitud de los directores de medios podría aplicarse en los casos de los productores de programas de radio y televisión, dónde los responsables de las informaciones y comentarios que se difunden son sus productores, no los directores o propietarios.
De León afirmó que los artículos 46,47, 48 y 49 de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento expresan la sabiduría del legislador, quien o quienes dan muestras de conocer las interioridades de los medios de comunicación y el manejo de las informaciones.
Negó que esos artículos quebranten el principio de supremacía constitucional enunciado en el artículo 6 de la Carta Magna y en la Convención Americana de los Derechos Humanos, ya que no establecen el sistema de responsabilidad penal por el hecho de otro, pues la responsabilidad de las informaciones publicadas en los medios son de la dirección.
Sin embargo, De León afirmó que está de acuerdo en los planteamientos relativos a que se declaren inconstitucionales los artículos que establecen prisión por los presuntos delitos de prensa, por entender que limita la libertad de prensa, con lo que se viola un derecho fundamental.
Señaló que coincide con los directores de medios en que el Tribunal Constitucional (TC) declare nulos los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 39 y 40 de la Ley 6132, y los artículos del 368 al 372 del Código Penal Dominicano, que disponen pena de prisión correccional para los delitos de difamación e injuria, por considerarlos violatorios a la Constitución de la República y a la Convención Americana de los Derechos Humanos.
Mediante una acción directa de inconstitucionalidad, los directores de los periódicos Listín Diario, Miguel Franjul; de El Caribe, Osvaldo Santana; de El Día, Rafael Molina Morillo, y el abogado Namphi Rodríguez, de la Fundación Prensa y Derecho, solicitaron al TC declarar nulos esos artículos.
En la acción de inconstitucionalidad, establecen que el sistema de responsabilidad penal por el hecho de otro que contemplan los artículos 46, 47 y 48 de la ley 6132 quebranta el principio de supremacía constitucional enunciado en el artículo 6 de la Carta Magna y la Convención Americana de los Derechos Humanos.

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