viernes, 27 de marzo de 2026

Artículo de la Libertad de expresión, como pilar fundamental de la democracia

Escrito Por: Roberto Yoel Henriquez

La libertad de expresión constituye uno de los pilares esenciales de toda sociedad democrática. Su importancia no radica únicamente en la posibilidad de emitir ideas, sino en su doble dimensión: individual y colectiva. En su dimensión individual, protege la facultad de toda persona de expresar pensamientos, opiniones e informaciones sin interferencias indebidas; en su dimensión colectiva, garantiza el derecho de los demás a recibir y difundir esas ideas. Esta doble configuración revela que no se trata solo de un derecho personal, sino de un elemento estructural del sistema democrático.

De esta concepción se deriva un principio fundamental: la prohibición de la censura previa. Ninguna persona puede ser silenciada antes de expresarse ni sometida a controles que condicionen el contenido de su discurso. El modelo constitucional y convencional vigente no excluye la posibilidad de exigir responsabilidades, pero estas deben ser siempre ulteriores, nunca preventivas. En ese sentido, toda forma de censura —sea directa o indirecta— constituye una restricción incompatible con el núcleo esencial de las libertades informativas.

Sin embargo, la libertad de expresión no es un derecho absoluto. Su ejercicio encuentra límites en la protección de otros derechos fundamentales, como el honor, la dignidad humana y los derechos de la niñez y la adolescencia. No puede convertirse en un instrumento para la difamación, la incitación al odio o la violencia. Por el contrario, su función en una democracia es servir como contrapeso frente al poder, especialmente cuando se trata de asuntos de interés público, donde el umbral de protección debe ser más amplio.

Es precisamente en este punto donde emerge una de las tensiones más complejas del derecho contemporáneo: la relación entre regulación y censura. La libertad de expresión puede ser objeto de regulación, en la medida en que esta persiga fines legítimos y respete los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. No obstante, la línea que separa la regulación legítima de la censura es extraordinariamente delgada. Cuando una medida restrictiva resulta excesiva o desproporcionada, deja de ser regulación para convertirse en una forma encubierta de censura.

El riesgo se acentúa cuando la regulación es instrumentalizada por el poder político. Bajo el pretexto de ordenar el debate público o proteger derechos, pueden implementarse mecanismos que, en la práctica, limitan el disenso y reducen el espacio democrático. Timothy Garton Ash ha advertido sobre este fenómeno al referirse a “la censura que se esconde tras el eufemismo de la regulación”. Aunque esta práctica es característica de regímenes autoritarios, también puede manifestarse —de forma más sutil— en sistemas democráticos, donde el control no es abierto, pero sí estratégicamente diseñado.

En consecuencia, la defensa de la libertad de expresión exige una vigilancia constante frente a estas formas sofisticadas de restricción. La ausencia de contrapesos efectivos frente al poder político debilita el debate público y erosiona las bases mismas de la democracia. Garantizar el equilibrio entre regulación y libertad no es solo un desafío jurídico, sino una condición indispensable para la preservación de una sociedad libre.

El autor es defensor público del Distrito Nacional, posee experiencia laboral en Medios de comunicación.

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