La propuesta de reforma fiscal presentada ayer por el Gobierno al Consejo Económico y Social (CES) plantea gravar con 10% de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a 259 bienes alimenticios que ahora están exentos y aumentar de 16% a 18% la tasa de los que actualmente pagan.
El proyecto de reforma plantea un aumento gradual de la tasa del ITBIS a los productos ahora exentos que comenzaría con 10% el próximo año, aumentaría a 12% en 2014, a 14% en 2015 hasta llevarlo a un 16% en 2016.
También plantea que los productos ahora gravados paguen 18% de ITBIS en el periodo 2013-2014 y luego, en el 2015, bajarlo a 16% de nuevo, pero esta reducción estaría sujeta a “verificación del fortalecimiento de la capacidad recaudatoria”, según el documento de la Propuesta para Discusión Componente Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para el Desarrollo Sostenible” (Pacto Fiscal).
Con impuestos. Entre los alimentos que el Gobierno entiende deben pagar ITBIS se encuentran la avena, trigo, maicena y otras harinas; los garbanzos, habas, arvejas, lentejas, azúcar blanca refinada y morena, melaza, miel, sal en grano y molida refinada, café, chocolates y a ocho tipos de aceites comestibles, incluyendo el de soya y maíz. Además, el agua mineral, los hielos caseros e industrializados.
A 12 tipos de panes, entre ellos la telera, el integral y el de sándwich; 10 tipos de galletas; 25 productos procesados de la harina, entre ellos productos como el gofio y el cazabe; 63 cortes o partes de carnes de pollo, res, cerdo y otros animales, que incluye hasta la carne molida, carne No. 7, las vísceras de los animales como el mondongo, la tripita, entrecijo, etc, y a 27 jamones, salchichas, longanizas y otros derivados cárnicos.
En cuanto a productos del mar, el documento refiere que 27 pescados podrían tener impuestos, entre estos el arenque, el bacalao y los pescados congelados; 15 quesos como el de hoja, frescos y San Juan; ocho tipos de yogurts, crema de leche, leche de soya y otros productos lácteos, y a nueve tipos de mantequillas y grasas comestibles.
Además hay ocho productos que estaban exentos de ITBIS que en la propuesta deben pagar un 10%, estos son insecticidas, fungicidas, ambientadores, resaltadores de ropa (azulito, rayito etc), animales domésticos y otros productos conexos; sellos, monedas y material de filatelia y numismática; fotocopias y otras reproducciones de documentos.
Exentos. La propuesta dice en el artículo 23, que se modifica el artículo 343 del Código Tributario Dominicano y permanecen exentos del ITBIS 505 bienes, de estos 229 corresponden a artículos alimenticios de primera necesidad, como algunos cortes de carnes, legumbres, vegetales, leche, entre otros; 236 son medicamentos y los 40 restantes incluyen productos como combustibles y útiles escolares.
Tampoco pagarían ITBIS el gas licuado de petróleo, gasoil regular y premium; gasolina premium y regular, gasoil premium y otros combustibles de vehículos.
Los lujosos. La propuesta del Gobierno también establece una tasa 20% de Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para 67 productos considerados de lujo, como son el caviar, perfumes, bañeras, alfombras, joyería, hornos, videocámaras, antenas parabólicas, motocicletas acuáticas, relojes, pulseras, entre otros.
Los revólveres y pistolas, excepto los de las partidas 93.03 o 93.04, tendrán una tasa de impuestos de 78%.
La propuesta también incluye nuevas tasas para las bebidas alcohólicas y cervezas del Impuesto Selectivo al Consumo específico a ser pagados por litro de alcohol absoluto.
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