miércoles, 5 de mayo de 2010

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Profundizarán lazos de comercio y desarrollo
Autoridades dominicanas y venezolanas suscriben acuerdo de cooperación
5 de Mayo del 2010

Los presidentes de la República Dominicana y de la República Bolivariana de Venezuela firmaron este miércoles un acuerdo de cooperación para promover el fortalecimiento y la diversificación del proceso de comercialización e intercambio de bienes, bajo un nuevo modelo de gestión socio-productiva.

El acuerdo suscrito por el ministro de Industria y Comercio, José Ramón Fadul y el ministro del Poder Popular para el Comercio, Richard Canán, pretende fortalecer las relaciones entre ambas naciones latinoamericanas para el intercambio, distribución y comercialización de productos, con sujeción a sus ordenamientos jurídicos internos.

La suscripción de este acuerdo fue realizada en presencia de los presidentes de la República Dominicana, doctor Leonel Fernández, y de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, en el Salón de Embajadores del Palacio Nacional.

El mismo tendrá una duración de cinco años, prorrogables por períodos iguales, salvo que una de las Partes comunique a la otra, por escrito y por vía diplomática, su intención de no prorrogarlo, con un mínimo de seis meses de antelación a la fecha de su expiración.

El convenio de cooperación establece que se desarrollarán las acciones necesarias para su debida implementación, dando prioridad a organizaciones indígenas, campesinas, de economía popular solidaria, comunales, de las micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas, empresas estatales y demás formas asociativas para la producción social, dando especiales incentivos a su producción para de esta manera, mejorar el nivel de vida de la población de ambos países.

También introduce el intercambio de información económica, comercial, tecnológica, de conocimientos y programas específicos.

El artículo tres del Acuerdo de cooperación comercial entre República Dominicana y la República Bolivariana de Venezuela, sostiene que las Partes se otorgarán mutuamente trato más favorable en el comercio de bienes originarios en territorio de sus países, incluidos derechos y gastos aduaneros de cualquier tipo aplicables a importación y exportación, incluyendo los métodos de fijar dichos derechos y gastos.

Igualmente las reglas y procedimientos de importación y exportación, incluidas reglas y procedimientos de despacho aduanero, tránsito, almacenaje y trasbordo así como las disposiciones en materia de reglas de origen.

También los distintos métodos de pago de mercancías y servicios, referidos y previstos en el presente acuerdo.

En otro orden, el acuerdo de cooperación entre la República Dominicana y la República Bolivariana de Venezuela contempla la exclusión de aquellas acciones justificadas que se tomen para proteger intereses se seguridad esenciales, incluidas las relativas a materiales fisionables o materiales que se deriven de ellos, tráfico de armas, municiones e implementos de guerra y cualquier otro tráfico de otras mercancías y materiales que se realice directa o indirectamente para fines de suministrar un establecimiento militar.

Mediante la firma del acuerdo comercial, ambas partes acuerdan crear un Comité Conjunto de Cooperación Comercial, que estará supeditado a la Comisión Mixta de Alto Nivel Venezuela-República Dominicana, creado a través del Convenio Básico de Cooperación entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de la República Dominicana, suscrito en ciudad de Caracas, el 31 de enero de 1997.

Dirección de Información, Prensa y Publicidad de la Presidencia

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